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Documento BOE-J-2025-479576

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 13 de julio de 2025 en procedimiento concursal número 171/2008.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 171, de 17 de julio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2025-479576

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 171/2008

NIG: 3120147120080000081

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores no personados en el Concurso de Cunbur SA

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000171/2008 referente al concursado CUNBUR SA con CIF A31066244, con domicilio en dirección CARRETERA FITERO S/N de CASCANTE de Navarra , inscrita al tomo: 329, folio:114 , hoja NA-8180 , por auto de fecha 04 de julio de 2025 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

1º.- ACUERDO la conclusión del concurso de acreedores de la entidad CUNBUR SA , con CIF: A31066244, y dirección CARRETERA FITERO S/N de CASCANTE de Navarra , inscrita al tomo: 329, folio:114 , hoja NA-8180 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- ACUERDO el cese en su cargo del Administrador Concursal y se declaran aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.Conforme a lo dispuesto en art. 479.6 TRLC “A la sección segunda se unirá un testimonio de la resolución que decida sobre la rendición de Cuentas”, llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda.

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al tomo: 329, folio:114 , hoja NA-8180. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- ACUERDO la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantilde Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos deidentificación y parte dispositiva.

5º.- Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa ytelemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único(TEJU), conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo,por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, deordenación del diario oficial “Boletín Oficial del Estado”, para supublicación electrónica en el TEJU, y en el Registro PúblicoConcursal

6º.- Comuníquese a todos los Juzgados de 1ª Instancia ySocial de Pamplona/Iruña y al Juzgado Decano de Tudela a fin deponer en su conocimiento la conclusión del presente concurso a losefectos de los artículos 483 y siguientes del TRLC.

RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno(art.481.1 del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley16/2022, de 5 de septiembre –disposición transitoria primera. 2. Losconcursos declarados antes de la entrada en vigor por la presente leyse regirán por lo establecido en la legislación anterior 3. Porexcepción a lo establecido en el apartado anterior, se regirán por lapresente ley: ..8º Los recursos a interponer contra las resolucionesdel juez del concurso dictadas después de su entrada en vigor).Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo.

Pamplona/Iruña, 13 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZÁLEZ ARCE

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