Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 951938529
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.2.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 747/2025
Acuerdo
Fecha: 11/07/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el procedimiento especial de LUISANA MORA ZAID
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Amelia María Puertas Fariña
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 bis y 37 ter del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal en la redacción dada por la Ley 16/22 de 5 de septiembre para la trasposición de la Directiva de la UE 2019/2013.
A N U N C I A
1.- Que en el procedimiento número 747/2025, con NIG 2906742120250028847 por auto de 11/07/2025 se ha declarado la apertura de Procedimiento especial de microempresas al deudor LUISANA MORA ZAID con NIF 26775612R, con domicilio sito en Benálmadena y representado por el Procurador JUAN GARCIA MUÑOZ.
2.- Se acuerda la tramitación del presente procedimiento como sin masa, conforme a los arts. 37 bis y siguientes TRLC y en consecuencia, se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLC.
De la documental aportada por el solicitante, se desprende la existencia de un pasivo de 176.919,57 euros.
Se advierte a los acreedores que, de acuerdo con el art. 37 quater .1 del TRLC, la satisfacción de los honorarios del administrador nombrado para realizar el informe mencionado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.
En Málaga, en el día de la firma.
Málaga, 11 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑA
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