Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-J-2025-45964

MADRID. Edicto de 21 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 712/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-45964

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 712/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: -

DESTINATARIOS

CABANILLAS MORA, YOLANDA - NIF/NIE: ***0016**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid ANUNCIA 1.- Que en el Concurso 712/2024, por Auto de fecha 21/01/2025, se ha declarado en concurso voluntario a Dª. YOLANDA CABANILLAS MORA, con NIF – 49000163C y domicilio en Calle del Pastoreo, 26, portal E, 1º B, Navalcarnero, Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración Concursal es la del abogado D. ELISEO MANUEL MARTINEZ MARTINEZ, con domicilio postal en la Avenida de Brasil, 17, 15ª planta, 258020 de Madrid y dirección electrónica concursoyolandacabanillas@acius.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 y 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 21 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid