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Documento BOE-J-2025-45458

MÁLAGA. Edicto de 24 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 68/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2025-45458

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938529

Correo electrónico: jmercantil.2.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 68/2019

NIG: 2906742120190003573

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores en concurso de PANIFICADORA PLATERO S.L. con CIF B92733591

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Amelia María Puertas Fariña

Que en el procedimiento concursal número 68.12/2019 en el que figura como concursado/a PANIFICADORA PLATERO S.L., se ha dictado el auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y de disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación y el cese de la administración concursal.

Dictada resolucion por la que se acuerda la conclusión a la que se podrá acceder a través de https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma/ con el codigo de verificación seguro OSEQRMMQV478D685N9JDV2UGPLV4SM .

Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Málaga, 24 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑA

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