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Documento BOE-J-2025-437973

JAÉN. Edicto de 24 de junio de 2025 en procedimiento civil número 55/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 27 de junio de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2025-437973

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Jaén

Dirección: Calle OBISPO ALONSO SUÁREZ 3

Localidad: Jaén

Código Postal: 23008

Provincia: Jaén

Teléfono: 953962149

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.7.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 55/2025

NIG: 2305042120250000327

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

JOSE LUIS SUAREZ DEL NIDO - NIF/NIE: ***3091**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se admite a trámite la demanda presentada por. el procurador PALOMA GARCIA RAMOS en representación de OSMAR CAPITAL S.L frente a JOSE LUIS SUAREZ DEL NIDO, sobre Obligaciones que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.

2.- Dese traslado de la demanda a la parte demandada, a quien se entregará copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de diez días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento.

En el emplazamiento se advertirá a la parte demandada de lo siguiente:

- Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).

- Que puede actuar en el proceso sin abogado ni procurador.

- Que la parte actora comparecerá asistida de y que si ella/s se propone/n comparecer con los mismos profesionales deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de tres días desde que se le notifique la demanda.

- Que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días.

- Que si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo, también, en el plazo de tres días.

- Que están a su disposición en la oficina judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.

3.- Adviértase a ambas partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la LEC).

Jaén, 24 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CAROLINA RIVERA MIÑAN

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