Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle PLA DE L'ARC (DEL) S/N EDIFICI SEU DE LA MANCOMUNITAT
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962825626
Correo electrónico: limi02_val@gva.es
Civil
Número: 1370/2019
Diligencia
Fecha: 15/01/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
PABLO OSCAR CABALLERO - NIF/NIE: ****5792*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-1-2019-0007541Procedimiento: Procedimiento Ordinario [ORD] - 001370/2019-De: D/ña. COMUNIDAD DE PROPIETARIOS TORRE EN CONILL UE 1Procurador/a Sr/a. IBAÑEZ MARTI, PILARContra: D/ña. PABLO OSCAR CAVALLERO , MILAGROS ESCALANTE , CAIXABANK SA y AYUNTAMIENTO DE BETERAProcurador/a Sr/a. SANCHIS MENDOZA, MARGARITA y RAMIREZ VAZQUEZ, MARIA E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACIONComo consecuencia del ignorado paradero de PABLO OSCAR CAVALLERO , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificaciónde la resolución del tenor literal siguiente que ha sido dictada en el procedimiento de referencia:INICIO RESOLUCIONJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-1-2019-0007541Procedimiento: Procedimiento Ordinario [ORD] - 001370/2019-De: D/ña. COMUNIDAD DE PROPIETARIOS TORRE EN CONILL UE 1Procurador/a Sr/a. IBAÑEZ MARTI, PILARContra: D/ña. PABLO OSCAR CAVALLERO , MILAGROS ESCALANTE , CAIXABANK SA y AYUNTAMIENTO DE BETERAProcurador/a Sr/a. SANCHIS MENDOZA, MARGARITA y RAMIREZ VAZQUEZ, MARIA DILIGENCIA DE ORDENACION Letrado/a de la A. de Justicia: LOURDES AMPARO LUNA LOZANOEn LLIRIA (VALENCIA) a quince de enero de dos mil veinticinco.1.- Anterior escrito de solicitud de tasación de costas y documentación acompañada únanse a los autos de su razón y practíquese tasación de costas.2.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.3.- Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:3.1. Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los Abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 LECn).3.2. La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su Procurador (artículo 245.3 LECn).3.3. En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 LECn).4.- Habiéndose solicitado la liquidación de intereses devengados, aportándose relación de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 713 de la LEC, dese traslado a la parte condenada al pago, por término de DIEZ DÍAS para que conteste lo que estime conveniente. MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado/a de la A. de Justicia que la dicta.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Letrado/a de la A. de JusticiaJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-1-2019-0007541Procedimiento: Procedimiento Ordinario [ORD] - 001370/2019-De: D/ña. COMUNIDAD DE PROPIETARIOS TORRE EN CONILL UE 1Procurador/a Sr/a. IBAÑEZ MARTI, PILARContra: D/ña. PABLO OSCAR CAVALLERO , MILAGROS ESCALANTE , CAIXABANK SA y AYUNTAMIENTO DE BETERAProcurador/a Sr/a. SANCHIS MENDOZA, MARGARITA y RAMIREZ VAZQUEZ, MARIA TASACIÓN DE COSTASTasación de costas que practica la Letrada A. Justicia del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIA, en el procedimiento Monitorio [MON], seguido a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS TORRE EN CONILL UE 1, frente a PABLO OSCAR CAVALLERO, MILAGROS ESCALANTE, CONSORCIO VALENCIA INTERIOR V3HONORARIOS DE ABOGADO:-Honorarios letrado D. JOSE FCO DOMENECH GARCIA - Respecto de D. Pablo Oscar Cavallero, Dª Milagros Escalante Cuantía de la demanda 716,58.-€ (aplicacion del art. 394 LEC)*Base Imponible: 238,86.-€IVA 21%: 50,16.-€ - Respecto del Consorcio Valencia Interior V3Base Imponible: 300,00.-€IVA 21%: 63,00.-€ Total honorarios: 652,02.-€DERECHOS DE PROCURADOR: -Suplidos y derechos procuradoraDª: IBAÑEZ MARTI, PILAR Suplidos:TOTAL SUPLIDOS……………… 00,00.-€Derechos:Real Decreto 1373/2003Art.1.- Derechos (Respecto de D. Pablo Oscar Cavallero, Dª Milagros Escalante)Art. 1.- Derechos (Respecto del Consorcio Valencia Interior V3) 66,11.-€ 66,11.-€ TOTAL DERECHOS 132,22.-€ I.V.A.( 21 %) 27,76.-€ TOTAL DERECHOS CON I.V.A. 159,98.-€* Se excluyen los derechos de arancel del art. 82 al no estar acreditados los suplidos que se reclaman. * Se excluyen los derechos de arancel del art. 5, ya que consta la condena en la sentencia. IMPORTE TOTAL TASACIÓN 812,00.-€La presente tasación de costas asciende, salvo error u omisión a la cantidad de:OCHOCIENTOS DOCE EUROS.En LLIRIA (VALENCIA) a 15 de enero de 2025.LA LETRADA A. JUSTICIA FIN RESOLUCIONEn LLIRIA (VALENCIA) a quince de enero de dos mil veinticinco.EL/LA LETRADO A. JUSTICIA
Llíria, 23 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LOURDES AMPARO LUNA LOZANO
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