Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 639932975
Correo electrónico: jmercantil.3.malaga.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 1284/2024
Auto
Fecha: 20/06/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MIGUEL ANGEL FERNANDEZ LPEZ - NIF/NIE: ***1065**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de MálagaC\ Fiscal Luis Portero García, s/n, 29010, Málaga, Tlfno.: , Fax: , Correo electrónico: JMercantil.3.Malaga.jus@juntadeandalucia.es
N.I.G: 2906742120240056358. Tipo y número de procedimiento: Concurso ordinario 1284/2024. Negociado: T2Sección:Materia: Materia concursal
De: MIGUEL ÁNGEL FERNANDEZ LÓPEZ y VANESA CASTRO SAURAAbogado/a: Procurador/a: ROCIO CABEZA RUBIO
EDICTO
Letrado de la Administración de Justicia: D. Jose María Casasola Diaz,
Que en el procedimiento concursal nº 1284/2024 referente los deudores D. MIGUEL ANGEL FERNANDEZ LOPEZ Y VANESSA CASTRO SAURA con DNI 26810651B Y 74945151L , por auto de fecha 20/06/2025 se ha acordado la CONCLUSION del concurso por inexistencia de masa activa y conceder la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a de manera DEFINITIVA.La exoneración alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa, salvo aquellos créditos expresamente incluidos en los supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC. Contra esta resolución cabe recurso de apelación . A los efectos oportunos se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ del Registro Público Concursal. Dado en Málaga, a 20 de Junio de 2025
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Málaga, 24 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid