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Documento BOE-J-2025-436486

MÁLAGA. Edicto de 24 de junio de 2025 en procedimiento concursal número 20/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 27 de junio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2025-436486

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938529

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 20/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/06/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores interesados en el concurso de Cytropic SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Amelia Maria Puertas Fariña

Doña Amelia Maria Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Málaga, por el presente,

Hago saber:

Que en el Procedimiento de concurso voluntario nº 20/2023 seguido en este Juzgado se ha dictado, en Pieza separada de conclusión concurso y rendición de cuentas nº 20.12/2023, con fecha 11 de junio de 2025 auto, acordando la conclusión del procedimiento por finalización de las operaciones de liquidación, de la entidad CYTROPIC SL, con CIF B92888940 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de CY-TROPIC SL por finalización de las operaciones de liquidación.

Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición de la concursada y el cese de la administración concursal.

Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada CY-TROPIC SL, ordenando el cierre provisional de la hoja registral en el Registro Mercantil y, transcurrido un año desde esta resolución firme, la cancelación de su inscripción en el registro mercantil con el cierre definitivo de la hoja registral, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.

La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los arts 483 y ss del TRLC.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Este Auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el Auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

Se acuerda el archivo del presente procedimiento.

Así lo acuerda y firma Dª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga y su Partido, especialista en asuntos de lo mercantil por el CGPJ. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

Málaga, 24 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑA

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