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Documento BOE-J-2025-429532

MADRID. Edicto de 18 de junio de 2025 en procedimiento concursal número 435/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 152, de 25 de junio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-429532

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 435/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/06/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso de la mercantil Dacartec Servicios Informáticos S.L. con CIF. Nº B91428607

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 35.1 DEL TRLCo. ANUNCIA Que en el procedimiento Concurso voluntario 435/2025 seguido frente a la mercantil DACARTEC SERVICIOS INFORMÁTICOS S.L. (C.I.F. Nº B91428607) por Auto de fecha 17/6/2025 se ha decretado la apertura del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: “…- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de la mercantil DACARTEC SERVICIOS INFORMÁTICOS S.L. (C.I.F. Nº B91428607), sin más pronunciamientos. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales concursales del Libro I, además de las especialidades y trámites y plazos recogidos en la D.T.2ª de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. - El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore el informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad de 2.566.753,23 euros de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 128.337,66 euros estarán legitimados para dicha solicitud. - Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2500 euros (más sus correspondientes impuestos indirectos). - Siendo el deudor persona jurídica, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, procederá directamente a la conclusión del concurso; lo que se acordará en Resolución separada…”

Madrid, 18 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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