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Documento BOE-J-2025-426370

PONTEVEDRA. Edicto de 19 de junio de 2025 en procedimiento militar número 352/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 151, de 24 de junio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2025-426370

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pontevedra

Dirección: Calle HORTAS S/N

Localidad: Pontevedra

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 986805166

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Militar

Número: 352/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/06/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Transportes Aminali SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D. JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN, Letrado de la Administraciónde Justicia de XDO. DO MERCANTIL N. 1 de PONTEVEDRA, por elpresente, HAGO SABER:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con elnº SECCION I DECLARACION CONCURSO 352 /2025 y NIG nº 36038 471 2025 0000378 se ha dictado en fecha 17/06/2025 AUTO DEDECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario sin masa del deudorTRANSPORTES AMINALI SL, con B94181278, cuya parte dispositivadice:

1º) DECLARAR EN CONCURSO VOLUNTARIO SIN MASA a TRANSPORTES AMINALI, S.L., CIF B94181278, con domicilio en la Rúa Ande nº 48,Rubianes, de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra). Está inscrita en elRegistro Mercantil de Pontevedra, Tomo y Libro 4263, Folio 55, HojaPO-64518.

2º) A los efectos del art. 37 ter y siguientes del TRLC seseñala que, de la documentación obrante en el procedimiento, resultaun pasivo por importe de 180.344,33 EUROS.

3º) Hacer pública la presente declaración de concurso por mediode edictos, que se remitirán telemáticamente para su inserción en elTEJU del BOE y en el Registro Público Concursal, conforme al art. 37ter del TRLC.En tales edictos se contendrá el llamamiento al acreedor o alos acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin deque, en el plazo de 15 DÍAS a contar del siguiente a la publicacióndel edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administradorconcursal para que presente informe razonado y documentado sobre lossiguientes extremos: 1.º Si existen indicios suficientes de que eldeudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa quesean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.º Siexisten indicios suficientes para el ejercicio de la acción social deresponsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derechoo de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la personanatural designada por la persona jurídica administradora para elejercicio permanente de las funciones propias del cargo deadministrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera quesea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más altadirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente defacultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.º Siexisten indicios suficientes de que el concurso pudiera sercalificado de culpable.Se hace saber que, en caso de que algún acreedor solicite elnombramiento de administrador concursal, la retribución que lecorresponda correrá de su cargo (ar. 37 quater.1 del TRLC).

4º) Expedir los despachos correspondientes, de conformidad conlo previsto en los arts. 36 y 37 del TRLC, que serán entregados a larepresentación procesal de la concursada, para su inmediata remisióny práctica de los asientos registrales previstos, haciéndoles saberque hasta que no sea firme la presente Resolución, la anotación sehará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a lainscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. En concreto,remítanse: a) al Registro Mercantil de Pontevedra; y b) al Registrode Bienes Muebles de Pontevedra en relación con los vehículosmatrícula 0322BCW y 9796CDY.

5º) Comunicar la declaración de concurso al Juzgado Decano deVilagarcía de Arousa para conocimiento de los órganos judiciales deesta sede, a los efectos previstos en el TRLC.

6º) Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidanen cumplimiento de lo ordenado en esta Resolución, a larepresentación procesal de la concursada para que los diligencie deinmediato, y acredite ante este órgano judicial haber presentado losdespachos en el plazo de 5 DÍAS.

7º) Comunicar la declaración de concurso a las siguientesentidades, por medios electrónicos: Tesorería General de la SeguridadSocial, Agencia Estatal de la Administración Tributaria, AxenciaTributaria de Galicia, Oral, Consellerías de Traballo y Facenda,FOGASA, Concello de Vilagarcía de Arousa.

8º) Indicar que las personas legitimadas, conforme al TRLC,para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio deprocurador y asistidos de letrado, a salvo lo que dispone la Ley deProcedimiento Laboral para la representación y defensa de lostrabajadores (arts. 512 y 513 del TRLC).

9º) Poner en conocimiento de la concursada el deber decomparecer personalmente ante este órgano judicial cuantas veces searequerido, y el de colaborar e informar en todo lo necesario oconveniente para el interés del concurso (art. 135 del TRLC).

10º) El Letrado de la Administración de Justicia, deconformidad con el art. 31, en relación con los arts. 37 bis ysiguientes, todos del TRLC, procederá a acordar la inmediata aperturade la Sección Primera.

11º) La persona concursada remitirá a sus acreedores correoselectrónicos con las copias de este Auto y de la lista de acreedorespresentada en el plazo de 2 días (art. 35.2 del TRLC).

12º) Indicar que la presente Resolución producirá sus efectosde inmediato y será ejecutiva, aunque no sea firme (art. 32 delTRLC)

.Contra esta Resolución cabe únicamente RECURSO DE REPOSICIÓNante este mismo Juzgado, en el plazo de 5 DÍAS (arts. 55 y 546 delTRLC). De acuerdo con la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánicadel Poder Judicial, las partes, para poder presentar el recursotendrán que consignar la cantidad de 25 EUROS en la cuenta de esteJuzgado, abierta en el Banco Santander. Están exentos de estaobligación los titulares del derecho a la justicia gratuita.

Pontevedra, 19 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN

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