Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pontevedra
Dirección: Calle HORTAS S/N
Localidad: Pontevedra
Código Postal: 36004
Provincia: Pontevedra
Teléfono: 986805166
Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal
Concursal
Número: 80/2025
Auto
Fecha: 12/06/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de Jacobo Sobral Iglesias
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nºSECCION I DECLARACION CONCURSO 80/2025 y se ha dictado enfecha 12/06/2025 auto finalizando fase común, apertura de lafase de liquidación y apertura de sección sexta del concursovoluntario del deudores JACOBO SOBRAL IGLESIAS, cuya partedispositiva dice:
1.- Declarar finalizada la fase común del presenteprocedimiento concursal del deudor JACOBO SOBRAL IGLESIAS.
2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quintaque se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.- La situación del concursado durante la fase de liquidaciónserá la de suspensión del ejercicio de las facultades deadministración y disposición sobre su patrimonio, con todoslos efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.
4.- Se declara extinguido el derecho de alimentos delconcursado con cargo a la masa activa, a salvo de lasexcepciones recogidas en el punto segundo del artículo 413 delTRLC
5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón judicial electrónico del Boletín Oficial del Estado (TEJU) y en el Registro Público Concursal.
6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.
7.- Requerir a la administración concursal para que, en el plazo de DIEZ DÍAS computados desde la notificación de esta resolución, comunique al Juzgado aquellas reglas especiales que considere necesarias para llevar a cabo la liquidación de la masa activa.
8.- Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
9.- Abrir la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con copia auténtica de este Auto, y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.
Pontevedra, 19 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid