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Documento BOE-J-2025-426339

MÁLAGA. Edicto de 19 de junio de 2025 en procedimiento concursal número 203/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 151, de 24 de junio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2025-426339

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 639932975

Correo electrónico: jmercantil.3.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 203/2025

NIG: 2906742120250011811

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/06/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga

C\ Fiscal Luis Portero García, s/n, 29010, Málaga, Tlfno.: , Fax: , Correo electrónico: JMercantil.3.Malaga.jus@juntadeandalucia.es

N.I.G: 2906742120250011811.

Tipo y número de procedimiento: Concurso ordinario 203/2025. Negociado: T2

Sección:

Materia: Materia concursal

De: DAVID GALLARDO MARTIN

Abogado/a: ANTONI GALVE TOMAS

Procurador/a: JORGE JUAN BOFI ALARCON

AUTO N.º 951/2025

Jueza: D.ª Sara Salado Alcalde

En Málaga, 2 de junio

PARTE DISPOSITIVA

1. ACUERDO en los siguientes términos:

De la lista de créditos concursales y contra la masa insatisfechos son plenamente exonerables todos ellos, salvo las excepciones mencionadas expresamente, en su caso, en el fundamento tercero. Esta exoneración alcanza a todos los créditos insatisfechos que se han hecho constar en la solicitud; así como a cualquier otro crédito nacido y vencido con anterioridad a la presente resolución que no estuviera incluido en el listado de créditos no exonerables enumerado en el artículo 489.1 del TRLC anteriormente transcrito.

La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza, y se podrá invocar exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el concursado, salvo que se revocase la exoneración concedida.

2. Una vez sea firme esta resolución, acuerdo DECLARAR LA CONCLUSIÓN del presente concurso de acreedores de D. DAVID GALLARDO MARTIN con D.N.I. 45590033P, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

Málaga, 19 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MARIA CASASOLA DIAZ

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