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Documento BOE-J-2025-42239

VALLADOLID. Edicto de 21 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 16/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2025-42239

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

Dirección: C/ NICOLAS SALMERON, 5-1º

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

Correo electrónico: mercantil1.valladolid@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 16/2022

NIG: 4718647120220000033

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores del Concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dª. ADELA TAMAYO GÓMEZ, Letrada de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID A n u n c i a 1.- Que en el concurso voluntario abreviado consecutivo número 16/2022, de la deudora Dª. VANESA SAEZ REGUERO se ha dictado con fecha 21 de octubre de 2024, AUTO firme de conclusión de concurso por finalización de la fase de liquidación e insuficiencia del líquido obtenido para satisfacer la totalidad de los créditos de los acreedores y el Auto también firme de complemento del anterior de fecha 19 de noviembre de 2024. 2.- La EXONERACIÓN del pago de los créditos del pasivo insatisfecho solicitado por la citada deudora, incluyendo la exoneración total del crédito de la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, no siendo exonerable el crédito público ostentado por la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID que asciende a 13.192,46 euros. 3.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 4.- La aprobación de la rendición de cuentas presentadas por la Administración concursal. 5.- El cese del Abogado, D. IGNACIO PEREZ GARCÍA, como Administrador concursal. 6.- Dar publicidad por medio de edictos que insertarán con la mayor urgencia en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 28 del TRLC, así mismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítase exhorto al Registro Civil de Valladolid, a los fines de que proceda a la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales. 7.- El archivo definitivo de las actuaciones. Dado en Valladolid, a 16 de enero de 2025 LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

VALLADOLID, 21 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA TAMAYO GÓMEZ

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