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Documento BOE-J-2025-42187

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 23 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 214/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2025-42187

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 214/2024

NIG: 3120147120240000815

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores no personados en el concurso NECESARIO de ESTACIÓN DE SERVICIO BURUTAIN SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE Pamplona/Iruña

A N U N C I A

1º.- Que en el CONCURSO NECESARIO número 0000214/2024 NIG 3120147120240000815 , por auto de 07 de enero de 2025 se ha declarado en concurso al deudor ESTACION DE SERVICIO BURUTAIN SL , con domicilio en Burutain (Anué (Navarra)), Carretera N-121-A KM 17,380 C.P. 31.798 y con NIF B/31.630.874, donde tiene el centro principal de sus intereses.

2º.-El deudor queda suspendido en el ejercicio de sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales. El ámbito de la suspensión estará limitado a los bienes y derechos integrados o que se integren en la masa activa, a la asunción, modificación o extinción de obligaciones de carácter patrimonial relacionadas con esos bienes o derechos.

3º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 255 del TRLC se llama a todos los acreedores de la entidad cuyo concurso se declara para que en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración de concurso, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, en el que se expresará el nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, todo ello acompañado de los originales o copia auténtica del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.-La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad, domicilio y dirección electrónica consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 255 TRLC.

5º.-En el mismo plazo de UN MES, los acreedores podrán formular ALEGACIONES SOBRE LA CALIFICACIÓN DEL CONCURSO en la forma prevista en el artículo 447 TRLC. Los acreedores que hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable podrán presentar, dentro de los diez días siguientes al de la remisión del informe de calificación del administrador concursal, un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso como culpable, con propuesta de resolución del concurso como culpable conforme a lo establecido en el artículo 448 del TRLC, siempre que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo o sean titulares de créditos por importe superior a un millón de euros según la lista provisional presentada por la administración concursal (artículo 449 del TRLC).

6º.- Los acreedores podrán solicitar de la administración concursal en cualquier momento el examen de aquellos documentos o de aquellos informes que consten en autos sobre los créditos que hubieran comunicado (artículo 512).La Administración concursal está integrada por el Letrado D.FRANCISCO JAVIER ABETI PEREZ con NIF 16.015.280 , con domicilio postal en: CALLE VINCULO 5, 3º en Pamplona de Navarra y dirección electrónica jabeti@micap.es.

7º.-Requiérase al deudor para que ya en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, presente en el Juzgado los documentos expresados en los artículos 7 y 8 TRLC, incluidos los relativos a la contabilidad si está legalmente obligado a llevarla.

8º- No se adoptan MEDIDAS CAUTELARES, sin perjuicio de su posible adopción si variaran las circunstancias referidas en esta resolución.

9º.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a.

10º.- El presente auto de declaración de concurso producirá de inmediato los efectos establecidos en esta ley y tendrá fuerza ejecutiva, aunque no sea firme.

Pamplona/Iruña, 23 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZÁLEZ ARCE

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