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Documento BOE-J-2025-42145

MADRID. Edicto de 21 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 540/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-42145

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 540/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

Concursado, acreedores y otros interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto Hace saber: 1.- Acuerdo la conclusión del concurso 540/2024 de D./Dña. Isabel Lucía Sánchez Atienza Diego con NIF/NIE.- 50106688S y domicilio en Plza. de Setúbal 11 PBj D (28025) Madrid, por liquidación de los bienes y derechos de la masa activa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. 2.- Acuerdo: Reconocer a D./Dña. Isabel Lucía Sánchez Atienza Diego con NIF/NIE.- 50106688S, el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio es definitivo y alcanza a: 1.º Todos los créditos privados ordinarios y subordinados pendientes a la fecha de conclusión del concurso, aunque no hubieran sido comunicados, que no sean por las deudas previstas en el artículo 489.1 del TRLC. 2º).- La parte del crédito que exceda del valor de la garantía en los créditos privados con garantía real (artículo 492 bis.2.2ª del TRLC). En el presente caso, hay créditos con garantía real. Hay un crédito privilegiado especial consistente en una hipoteca a favor del BBVA SA por 66.771,00 € sobre un inmueble vivienda urbana inscrito en el Registro de la Propiedad de Madrid número 31, libro 2602., folio 17, tomo 2602 y n.º de finca 78091. De dicho crédito no se exonera el deudor. 3º).- En el presente caso, figura un crédito público a favor de la AEAT cuyo importe declara el deudor en la cantidad de 82.442,78 €. Dicho crédito es exonerable en el importe total de 10.000 €. El estado civil de/l/a deudor/a es el de casad/a en régimen económico matrimonial de gananciales con D. Raúl Cuellar Gómez con NIF.- 46837028N.

Madrid, 21 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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