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Documento BOE-J-2025-42091

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 23 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 509/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2025-42091

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 509/2024

NIG: 1204066120240000541

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores del procedimiento concursal 509/2024 en el que figura como concursado BAYARRI GESTION SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B12915096.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: Dª.MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI

Que en el procedimiento concursal número 509/2024 en el que figura como concursado BAYARRI GESTION SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B12915096, se ha dictado, el 08/01/2025, auto que declara concluso el concurso, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se DECLARA CONCLUIDO EL CONCURSO DE ACREEDORES de la mercantil BAYARRI GESTION SOCIEDAD LIMITADA .

Se ordena el cierre provisional de la hoja abierta a la persona jurídica mencionada en el registro público en el que figura inscrita; y siendo firme la presente resolución, el Letrado de la Administración de Justicia deberá expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de su firmeza, que habrá remitir por medios electrónicos al registro correspondiente.

Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

Anúnciese por edictos en el tablón edictal judicial único, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración del concurso. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal, mediante remisión telemática por este Juzgado del oportuno edicto.

Notifíquese igualmente la presente resolución a las partes personadas.

Y, a efectos de lo dispuesto en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, expido el presente en Castelló de la Plana.

Castelló de la Plana, 23 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI

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