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Documento BOE-J-2025-39945

FREGENAL DE LA SIERRA. Edicto de 22 de enero de 2025 en procedimiento civil número 201/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - BADAJOZ
Referencia:
BOE-J-2025-39945

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Fregenal de la Sierra

Dirección: Calle HERRERIA 46

Localidad: Fregenal de la Sierra

Código Postal: 06340

Provincia: Badajoz

Teléfono: 924702180

Correo electrónico: josemanuel.duque@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 201/2022

NIG: 0605041120220000165

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 26/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

MARCOS AGUDO REYES - NIF/NIE: ***3911**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 DE FREGENAL DE LA SIERRA-HERRERIA, 46Teléfono: 924792180-924702183, Fax: 924700014Correo electrónico: mixto1.fregenaldelasierra@justicia.esEquipo/usuario: JDMModelo: N08640N.I.G.: 06050 41 1 2022 0000165ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000201 /2022Procedimiento origen: MON MONITORIO 0000147 /2022Sobre OTRAS MATERIASDEMANDANTE D/ña. IBERCAJA BANCO S AProcurador/a Sr/a. ALEJANDRO PEREZ-MONTES GILAbogado/a Sr/a.DEMANDADO D/ña. MARCOS AGUDO REYESProcurador/a Sr/a.Abogado/a Sr/a.CÉDULA DE EMPLAZAMIENTOÓRGANO JUDICIAL QUE ORDENA EMPLAZARJDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de FREGENAL DE LA SIERRA.ASUNTO EN QUE SE ACUERDAPROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000201/2022.PERSONA A LA QUE SE EMPLAZAMARCOS AGUDO REYES, en concepto de parte demandada.Domicilio: Polígono Industrial Frexnense, parcela 18 deFREGENAL DE LA SIERRA.OBJETO DEL EMPLAZAMIENTOComparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.ÓRGANO JUDICIAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este órgano judicial.PLAZO PARA COMPARECERVEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de esteemplazamiento.Código Seguro de Verificación E04799402-MI:5JLx-G3iZ-6hKF-gLWa-S Puede verificar este documento en https://www.administraciondejusticia.gob.esFirmado por: MARIA DEL CARMENRECUERO SANCHEZ27/09/2022 09:16MinervaPREVENCIONES LEGALES1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declararáen situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía,no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la queponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la L.E.C.).2. La comparecencia en juicio debe realizarse por medio deprocurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 dela LEC) y si carece de recursos económicos puede solicitar elreconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador oambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres díassiguientes al emplazamiento.3. Deberá comunicar a este órgano judicial cualquier cambio dedomicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso(artículo 155.5 de la L.E.C.).4.Se le informa que tienen la posibilidad de recurrir a unanegociación para intentar solucionar el conflicto, incluido elrecurso a una MEDIACIÓN, como un proceso alternativo aljuicio, voluntario, flexible, más rápido y confidencial, quepermite la gestión positiva de los conflictos aun cuando yaesté abierto un proceso judicial. A través de la mediación,las partes en conflicto aceptan voluntariamente laintervención de un tercero imparcial y neutral, el mediador,sin capacidad para tomar decisiones por ellos, cuya función esla de facilitar y restablecer la comunicación entre las partesy ayudarlas a solucionar todos los temas que puedan tenerpendientes, incluso aquellas cuestiones que no sean jurídicasy no puedan tratarse en el proceso judicial, explorando todaslas alternativas posibles, de tal forma que puedan encontrarpor sí mismas la mejor vía de solución. En este caso, deberánindicar en la vista su decisión al respecto y las razones dela misma, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafodel artículo 440 de la LEC, tras la modificación introducidapor la Disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 dejulio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles,publicada en el BOE de 7 de julio de 2012.En FREGENAL DE LA SIERRA, a veintiséis de septiembre de dosmil veintidós.-EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Fregenal de la Sierra, 22 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL CARMEN RECUERO SANCHEZ

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