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Documento BOE-J-2025-39849

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 22 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 535/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2025-39849

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902754

Correo electrónico: alme02_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 535/2024

NIG: 0301466120240001604

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

RAQUEL VITORIA ARROYO - NIF/NIE: ***7109**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Conforme a lo previsto en el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal y en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, hago saber: Primero.- Que en el procedimiento concursal Concurso ordinario 535/2024 referente al/a la deudor/a D./D.ª RAQUEL VITORIA ARROYO , con DNI 21671093X, sin actividad empresarial se ha dictado auto de conclusión, cesando respecto del/de la misma todos los efectos de la declaración del concurso. Segundo.- En dicha resolución, se acuerda reconocer a la parte concursada el derecho de la exoneración del pasido insatisfecho de los créditos del deudor con la salvedad de aquellos créditos que, por expresa inclusión en los supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC, no pudiera ser exonerados. La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración. Los acreedores cuyos créditos se extingan por razón de la exoneración no podrán ejercer ningún tipo de acción frente el deudor para su cobro, salvo la de solicitar la revocación de la exoneración.

Alicante/Alacant, 22 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CARMEN CASTILLO ALIAGA

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