Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Huelva
Dirección: Calle ALAMEDA SUNDHEIM 17
Localidad: Huelva
Código Postal: 21003
Provincia: Huelva
Concursal
Número: 761/2024
Sentencia
Fecha: 13/01/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: veinte días
DANIEL ALVAREZ CAMPOS - NIF/NIE: ***3243**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1 .-Estimo íntegramente la demanda presentada por la AEAT contra el deudor D. DANIEL ALVAREZ CAMPOS.
2.- En consecuencia, declaro que D. DANIEL ALVAREZ CAMPOS está incurso en una causa de prohibición legal que le impide el acceso a la segunda oportunidad.
3.- De conformidad a lo establecido en el artículo 482 TRLC se publiquese la presente resolución en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado»
4.- No se hace expresa condena al pago de las costas procesales.
5.- Una vez firme la presente sentencia, queden los autos del procedimiento principal en poder del proveyente para acordar la conclusión del concurso
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá de prepararse en un plazo de VEINTE DÍAS contados desde la notificación de la presente resolución, mediante un escrito que deberá reunir los requisitos previstos en el art. 457.2 de la Ley 1/2001, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, debiendo ser resuelto, en su caso, por la Ilma. Audiencia Provincial.
Así por esta sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo Dña. JOSEFINA OÑA MARTIN, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Huelva.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Huelva, 20 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARTA GARNICA PEREZ
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