Contido non dispoñible en galego
Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Ourense
Dirección: Avenida VELÁZQUEZ S/N
Localidad: Ourense
Código Postal: 32002
Provincia: Ourense
Teléfono: 988687097
Correo electrónico: instancia4.ourense@xustiza.gal
Concursal
Número: 1296/2024
Auto
Fecha: 15/01/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
"Concurso Rubén Pena Fraga"
S1C 1296-24
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D. Damián Vega de las Heras, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. Primeira Instancia n. 4 de Ourense, por el presente, hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 1296/2024 se ha dictado en fecha quince de enero de dos mil veinticinco auto de declaración de concurso voluntario del deudor D. Rubén Pena Fraga, DNI 44460822-M, con domicilio en C/ Paseo 5 Bajo de Ourense.
El deudor D. Rubén Pena Fraga con DNI 44460822-M queda suspendido en las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sustituido en el ejercicio de éstas por la administración concursal.
Se ha designado, como Administración concursal a D. Roberto Arribi López, con domicilio postal en C/ Progreso, núm. 139,2ª Planta, Oficinas, 32003 – Ourense, y dirección electrónica:cconcursal@gmail.com, señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.Igualmente, se ha acordado a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en los artículos 255 y siguientes del TRLC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicaciónen el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en Tablón Edictal Judicial Único y en el Registro Público Concursal. La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en el artículo 281.1.º del TRLC.Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
Asimismo, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación del concurso.
Se ha acordado formar la sección sexta de calificación.
CONSULTAS AUTO: CVE-: Bv6HXo6nh8Verificación: https://sede.xustiza.gal/cve
Ourense, 20 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAMIAN VEGA DE LAS HERAS
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