Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de València
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961922186
Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es
Concursal
Número: 416/2024
Auto
Fecha: 10/04/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados Y Acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.PILAR IRLES MARTINEZ
Conforme a lo previsto en el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal y en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal Concurso ordinario 416/2024 referente al/a la deudor/a D./D.ª FRANCISCO SALVADOR SANCHIS SEGOVIA, con Nif 52685154C, se ha dictado auto de conclusión y cuya parte dispositiva dice:
1.- Concedo a D. Francisco Salvador Sanchis Segovia la exoneración del pasivo insatisfecho con la extensión prevista en el fundamento de derecho segundo de esta resolución.
2.- Declaro la conclusión del concurso de D. Francisco Salvador Sanchis Segovia.
3.- Acuerdo el archivo las actuaciones.
4.- Acuerdo la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
5.- Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y disposición del concursado.
6.- Acuerdo el cese de la administración concursal, que deberá comparecer en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.
7.- Apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
En València, a 11 de abril de 2025.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada, fuera de los casos previstos en una Ley, solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución, y en los documentos adjuntos a la misma, no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines distintos a los previstos en las leyes.
València, 7 de mayo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ
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