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Documento BOE-J-2025-306037

SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA. Edicto de 6 de mayo de 2025 en procedimiento civil número 907/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 112, de 9 de mayo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Referencia:
BOE-J-2025-306037

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de San Cristóbal de la Laguna

Dirección: Plaza DEL ADELANTADO S/N

Localidad: San Cristóbal de la Laguna

Código Postal: 38200

Provincia: Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922924291

Correo electrónico: ccobbri@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 907/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 08/07/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CARLOS FERNANDO RODRÍGUEZ LÓPEZ

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECRETOEn San Cristóbal de La Laguna, a 8 de julio de 2024.ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.- Por turno de reparto correspondió a este Juzgado demanda que formula el Procurador/a D./Dña. ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ, en nombre y representación de D./Dña. MARGARITA MARIA HENAO BASTIDAS, en virtud de apoderamiento apud acta , sobre Juicio Verbal de Guarda y Custodia y Alimentos de Hijos Menores, adjuntando los oportunos documentos.FUNDAMENTOS DE DERECHOÚNICO.- De conformidad con lo prevenido en los artículos 748.4 y 753 en relación con el artículo 440, todos ellos de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), procede admitir a trámite la demanda interpuesta.PARTE DISPOSITIVAACUERDO:Admitir a trámite la demanda de JUICIO VERBAL DE GUARDA Y CUSTODIA Y ALIMENTOS DE HIJOS MENORES, formulada por el Procurador/a D./Dña. ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ, en nombre y representación de D./Dña. MARGARITA MARIA HENAO BASTIDAS con el cual se entenderán las sucesivas diligencias en el modo que la ley establece, contra D./Dña. CARLOS FERNANDO RODRIGUEZ LOPEZ. Dicha demanda se sustanciará por los trámites establecidos para el juicio verbal, y con sujeción a las reglas de los artículos 753 y 770 LEC, para lo cual confiérase traslado de la demanda y documentos al demandado D./Dña. CARLOS FERNANDO RODRIGUEZ LOPEZ a fin de que dentro del término de veinte días pueda comparecer en los presentes autos en legal forma, mediante abogado que le defienda y procurador que le represente, contestando a la demanda, todo ello bajo apercibimiento de que de no verificarlo le parará el perjuicio a que haya lugar en derecho.Emplácese también con traslado de la demanda para contestar al Ministerio Fiscal. Al otrosí paso a dar cuenta S.S.Se pone en conocimiento de las partes intervinientes en el presente procedimiento la posibilidad de acudir, con carácter previo a la celebración de la vista, al servicio gratuito de mediación ofrecido por el Gobierno de Canarias, al que podrá acudir debiéndose poner en conocimiento de este Juzgado a fin de acordar la suspensión de las actuaciones hasta la conclusión del proceso de mediación.Podrán obtener mayor información sobre el servicio de mediación en la url http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Mediacion/Se pone en conocimiento de las partes, a través de sus representantes procesales en autos, que las mismas, deberán poner en conocimiento de este juzgado, a la mayor brevedad posible, si en la actualidad o en cualquier momento de la tramitación del presente procedimiento, se ha producido la comisión de un acto de violencia de los definidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género entre las mismas, que haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal o a una orden de protección.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a Letrado/a de la Administración de Justicia.Lo acuerdo y firmo D./Dña. MARÍA DEL PILAR PARRILLA MARTÍN, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 (Antiguo mixto Nº 6) de San Cristóbal de La Laguna. Doy fe. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

San Cristóbal de la Laguna, 6 de mayo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA PILAR PARRILLA MARTIN

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