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Documento BOE-J-2025-294845

AGUILAR DE LA FRONTERA. Edicto de 30 de abril de 2025 en procedimiento civil número 253/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 110, de 7 de mayo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CÓRDOBA
Referencia:
BOE-J-2025-294845

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Aguilar

Dirección: Calle CARRERA 35

Localidad: Aguilar de la Frontera

Código Postal: 14920

Provincia: Córdoba

Teléfono: 957112869

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Aguilar.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 253/2023

NIG: 1400241120231000254

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 11/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

IVAN RIOS ROMERO - NIF/NIE: ***2502**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el referido juicio se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 11/09/2024 por la que se declara en rebeldía al demandado IVAN RIOS ROMERO.

En atención a la imposibilidad de notificar dicha resolución a IVAN RIOS ROMERO, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el Tablón Judicial Único (BOE).

Contra dicha resolución puede interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DIAS hábiles desde la publicación de este edicto, en los términos que constan en la resolución notificada.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.

En Aguilar De La Frontera, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Aguilar de la Frontera, 30 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA MOLINA GARCIA

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