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Documento BOE-J-2025-289182

GIRONA. Edicto de 28 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 872/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 108, de 5 de mayo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2025-289182

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 872/2024

NIG: 1707947120240016924

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 25/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Diligencia ordenación 25042025 Confiere traslado textos definitivos. Cabe recurso de reposición en plazo de 5 días desde la publicación de este edicto

DESTINATARIOS

JORDI GARCIA RUIZ - NIF/NIE: ***4228**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Letrada de la Administración de Justicia que la dicta: Alicia De La Torre Duñaiturria Lugar: Girona

El anterior escrito presentado por el Abogado FEDERICO BLANCO GARCIA, Administración concursal de JORDI GARCIA RUIZ, queda incorporado al procedimiento. Se tienen por presentados los textos definitivos, y conforme a lo dispuesto por en el art.304 de la LEC se acuerda dar traslado del mismo a las partes personadas, así mismo, se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y en el Registro público concursal, a tal efecto se remitirá por vía telemática lo correspondientes Edictos con los documentos anejos pertinentes. Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Además, se debe constituir, en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Oficina, el depósito de 25 euros a que se refiere la DA 15ª de la LOPJ.). En el caso de no consignarlo, se inadmitirá la impugnación. Lo acuerdo y firmo. La Letrada de la Administración de Justicia

Girona, 28 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

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