Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-287636

MADRID. Edicto de 25 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 1263/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 107, de 3 de mayo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-287636

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1263/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

ANDRES PICAZO, ALFONSO - NIF/NIE: ***9739**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E d i c t o Yolanda Peña Jiménez, Letrado de la Admón. Justicia del Juzgado Mercantil número 19 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 1263/2024, por auto de 25/04/2025, se ha declarado en concurso voluntario, a Alfonso Andrés Picazo, con DNI número 51697391S, y domiciliado en la Calle del Monte de Sollube, número 34, de Boadilla del Monte (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es del economista Francisco Nieto Sánchez, Calle López de Hoyos, número 127, portal 1, bajo A, 28002, Madrid, teléfono 965461979, alfonsoandrespicazo@aconcursal.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www. Publicidadconcursal.es.

Madrid, 25 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid