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Documento BOE-J-2025-286497

MADRID. Edicto de 23 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 156/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 105, de 1 de mayo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-286497

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 156/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

DE LA MOTA LUENGO, ANA BELEN

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto Yolanda Peña Jiménez, Letrado de la Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid, Anuncia Que en el Concurso 156/2024, por Auto de 23/04/2025, se ha declarado en concurso a Ana Belén de la Mota Luengo, con DNI número 46934424A, y un pasivo por importe de 17.353,21 euros. En este mismo día se ha publicado edicto incorrecto que se deja sin efecto, siendo el edicto correcto el presente. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del Boletín Oficial del Estado. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. La identidad de la Administración Concursal correcta es la del Letrado Diego Castro Pardo, Calle Alcalá, 54 planta 4 izquierda, 28014, Madrid, teléfonos 625786979 y 910800704, correo electrónico diegocastro@dicapabogados.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 y 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 23 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

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