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Documento BOE-J-2025-284729

SEVILLA. Edicto de 25 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 670/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-284729

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 670/2019

NIG: 4109142120190016991

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo

DESTINATARIOS

ROYMU ESTRUCTURAS SL - Nº ****6813*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Declaro la conclusión del concurso de ROYMU ESTRUCTURAS SL.

2.- Ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a la concursada en el Registro Mercantil o registro público en el que figure inscrita.

A tal efecto, acuerdo que se expida mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza y que se remita a dicho registro.

3.- Acuerdo el archivo las actuaciones.

4.- Acuerdo la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

5.- Acuerdo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

6.- Acuerdo el cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

7.- Apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

8.- Publíquese esta resolución en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

9.- Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada, a las partes personadas y a cualquiera otra persona a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

Así lo acuerda, manda y firma S.Sª. Ilma. D. Francisco Javier Carretero Espinosa de los Monteros Magistrado de la Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla. Doy fe.

Sevilla, 25 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ

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