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Documento BOE-J-2025-284014

MADRID. Edicto de 25 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 280/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-284014

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930570

Correo electrónico: mfh61@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 280/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D./Dña. GUILLERMO FERNANDEZ REGUERA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Madrid

hace saber:

1.- Que en el Concurso ordinario 280/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2025/0114877, por auto de fecha 23/04/2025 se ha declarado en concurso voluntario, a D./Dña. JOSE HIDALGO MEDINA.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es CAICOYA CECCHINI ABOGADOS Y ECONOMISTAS SLP con domicilio postal en - CALLE URÍA 46, 3º DERECHA – 33003 – OVIEDO, y dirección electrónica concursal@caicoya.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 25 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUILLERMO FERNANDEZ REGUERA

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