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Documento BOE-J-2025-277518

MADRID. Edicto de 23 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 240/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-277518

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 240/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Desarrollos Urbanisticos Luvisa s.L. B87749214

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrado/a de la Administraciónde Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid hace saber:

Que en el concurso Concurso ordinario 240/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2025/0089605, por auto de fecha 22/4/2025, seha declarado en concurso voluntario, , a DESARROLLOS URBANÍSTICOS LUVISA,S.L.,, con nº de identificación B87749214, y domiciliado en CALLE: de Gran Canaria,nº 7 Humanes de Madrid (Madrid) con los siguientes pronunciamientos:

1.-DECLARO EN CONCURSO VOLUNTARIO a la mercantil DESARROLLOSURBANÍSTICOS LUVISA S.L. con CIF: B87749214

La sociedad tiene su domicilio social en Calle Gran Canaria nº 7 de Humanes de Madrid28970 (Madrid).

La sociedad está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 35747, Folio 9,Hoja registral M-642389

2. Considero que EXISTE CONCURSO SIN MASA

.El pasivo importa la cantidad de 386.742 euros.

3. Remítase esta resolución, de forma telemática, al BOLETÍN OFICIAL DELESTADO para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único.Procédase, asimismo, a su publicación, en el REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL.En ambos casos con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, almenos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar delsiguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre lossiguientes extremos:1. Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudicialespara la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley .2. Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradorapara el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administradorpersona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegaciónpermanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3. Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

4. Si dentro del mencionado plazo ningún legitimado formula esa solicitud, se dictaráauto de conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC.

5. Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a las partes comparecidas y a la representación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador, asícomo a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de laSeguridad Social.

6. Expídase por el Letrado de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.

7. Fórmese la sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

8. Este auto producirá efectos inmediatos y tendrá fuerza ejecutiva, aunque no sea firme(art. 32)

.Contra este auto cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en un plazo de 5 días ante este mismo Juzgado, para cuya admisión a trámite será preciso acreditar la consignación de un depósito previo de 25 euros en la cuenta de consignaciones ydepósitos de este juzgado (art. 546 TRLC).

Madrid, 23 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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