Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-J-2025-274594

ZAMORA. Edicto de 15 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 166/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 25 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ZAMORA
Referencia:
BOE-J-2025-274594

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2

Dirección: C./ EL RIEGO N.5

Localidad: ZAMORA

Código Postal: 49004

Provincia: Zamora

Teléfono: 003498055

Correo electrónico: MIXTO2.ZAMORA@JUSTICIA.ES

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 166/2023

NIG: 4927541120230000819

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 14/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de D. José Pamparacuatro Pamparacuatro

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª María Belén Iglesias Refoyo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y Mercantil de Zamora, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000166 /2023 y NIG nº 49275 41 1 2023 0000819, referente al deudor D. José Pamparacuatro Pamparacuatro, con D.N.I. 09302084X se ha dictado en fecha 14/04/2025 Auto de Conclusión de Concurso Voluntario y de archivo provisional de las actuaciones por insuficiencia de masa activa del deudor. 2º.- En dicha resolución de concede a D. José Pamparacuatro Pamparacuatro la exoneración del pasivo insatisfecho de los créditos exonerables ante la insuficiencia de masa activa. La exoneración alcanza a la totalidad de la masa pasiva que resulte insatisfecha, con excepción de los créditos enumerados en el art. 489 del TRLC, y que constan en el fundamento de derecho cuarto de la resolución indicada. 3º Se acuerda asimismo no aprobar el plan de liquidación propuesto por el concursado.

ZAMORA, 15 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA BELEN IGLESIAS REFOYO

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid