Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería
Dirección: Carretera RONDA (DE) 120
Localidad: Almería
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Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 112/2025
NIG: 0401342120250001248
Auto
Fecha: 07/04/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Posibles acreedores y demás interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO DECLARACION DE CONCURSO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:
Que en el procedimiento número 112/2025, NIG n.º 0401342120250001248, se ha dictado auto de declaración de concurso de fecha 7 de abril de 2025 en cuya parte dispositiva se acuerdan los siguienetes términos:
1.- Se declara el concurso de acreedores de DON ENRIQUE VILLEGAS LÓPEZ, DNI 54103263H
2.- El presente concurso tiene carácter VOLUNTARIO.
3.- Ábrase la fase común de tramitación del concurso.
4.- Procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a la formación de la sección primera, que se encabezará con la solicitud y todos los documentos que la acompañen, así como a la formación de la sección segunda, tercera y cuarta, cada una de la cuales se encabezará por el auto de declaración de concurso.
5.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización.
6.- Se nombra administrador concursal a DOÑA ELENA CIRA BARRERA SORDO, con despacho profesional calle Dallas, 21, 04720, Aguadulce, Almería; telefóno 636234369; bs3035@icaalmeria.com.
La administración concursal deberá presentar el informe previsto en los artículos 289 y siguientes del TRLC en el plazo de dos meses comenzará a correr desde la fecha en que se produzca la aceptación, con sujeción a los artículos 252 y siguientes, 289 y demás concordantes del TRLC.
Informe de calificación. Así mismo, de acuerdo con el articulo 448 del TRLC, dentro del plazo de los quince días siguientes al de la presentación del inventario y de las lista de acreedores provisionales, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.
7.- Llamamiento a los acreedores. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28. 1. 4º y 255 del TRLC procede llamar a todos los acreedores del deudor para que en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en BOE del presente auto comuniquen a la administración judicial la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y se dirigirá a la administración concursal.
8.- Alegaciones sobre la calificación del concurso.
Hágase saber a los acreedores y a cualquier personado en el concurso que, de acuerdo con el articulo 447 del TRLC, durante el plazo para la comunicación de créditos, podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.
9.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28, 35, 36 y 410 del Texto Refundido de la Ley Concursal, procede dar la siguiente publicidad al concurso: BOE y Registro Publico concursal, Registro Civil, y demás Registros Públicos de bienes y derechos.
10.- Notificaciones: Notifíquese la presente resolución al concursado, al conyuge del concursado y a las partes personadas y por medios electrónicos, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
11.- Recursos. Contra la presente resolución solo cabe interponer recurso de REPOSICIÓN, por medio de escrito presentado en este Juzgado competente para resolver, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en plazo de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a su notificación
En Almería, en el día de la firma.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Almería, 22 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid