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Documento BOE-J-2025-271377

MADRID. Edicto de 16 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 8/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 99, de 24 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-271377

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 8/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 1 mes

DESTINATARIOS

Acreedores de Carlos Arturo Vergara Arboleda

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el Concurso ordinario CNO 8/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0531202, por auto de fecha 07/04/2025, se ha declarado en concurso de acreedores carácter voluntario a CARLOS ARTURO VERGARA ARBOLEDA con NIF 53802306Q. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la Administración concursal. 4.- Se nombra como Administrador concursal a María Bartle Agustín, abogada, diorciada, con domicilio profesional sito en el Paseo de la Castellana n.º 141(Ed Cuzco iV), planta 3.ª, 28046 Madrid, teléfono profesional 91 109 57 10 y correoelectrónico concursal@keplerkarst.com para que los acreedores, a su elección, efectúenla comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 16 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, RAFAEL LAFUENTE SEVILLA

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