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Documento BOE-J-2025-271306

GRANADA. Edicto de 21 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 528/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 99, de 24 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2025-271306

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 528/2024

NIG: 1808742120240018319

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Los acreedores de la concursada Dña. Amanda Moron Vargas con DNI 75162338V

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Alicia Pilar Raya García

Que en el procedimiento concursal número 528/2024 en el que figura como concursada DÑA. AMANDA MORON VARGAS, se ha dictado el auto que declara concluso el concurso y la exenoracion del pasivo insastifecho y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado insuficiencia de la masa activa, a continuacion se anuncia a tenor del texto literal de la parte dispositiva:

PARTE DISPOSITIVA

Acordar la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de Dña. AMANDA MORON VARGAS , por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa.

Contra esta resolución no cabe recurso (481 TRLC).

Se acuerda la exoneración de la totalidad de las deudas que conforman el pasivo insatisfecho del deudor Dña. AMANDA MORON VARGAS, en los términos del fundamento jurídico quinto de la presente resolución.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición (546 TRLC).

Se acuerda la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal.

Líbrese el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución a los acreedores que constan en la solicitud de concurso, a los efectos del art. 492 ter TRLC.

Granada, 21 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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