Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-262428

SANTA CRUZ DE TENERIFE. Edicto de 11 de abril de 2025 en procedimiento en materia social número 41/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Referencia:
BOE-J-2025-262428

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife

Dirección: Avenida TRES DE MAYO 24

Localidad: Santa Cruz de Tenerife

Código Postal: 38003

Provincia: Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922924795

Correo electrónico: ragargarv@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 41/2025

NIG: 3803844420240000616

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/04/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

PETRALUJO SL - Nº B76737212

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA1.- Se declara extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente Resolución 07/04/2025.2.- En sustitución de la obligación de readmisión incumplida, se condena a la empresa a que pague a la parte actora DOÑA ARIADNA SANTOS ALBELO en concepto de indemnización la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS DE EUROS (2.656,50 €) al ser computados 23 meses (672 días) desde su antigüedad (6/06/2023) a razón de un salario día de 42,00 euros brutos prorrateados hasta la fecha de la presente resolución.3.- Se condena además a la citada empresa a que pague a la parte actora en concepto de salarios de tramitación la cantidad de VEINTE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (20.748 €), al ser computados 17 meses (494 días) desde el día siguiente del despido (1/12/2023) hasta la fecha de la presente resolución a razón de un salario día de 42,00 euros previo descuento de los salarios percibidos por la parte actora al comenzar a prestar servicios para otra empresa en fecha 1/02/2025 siendo su salario mensual bruto prorrateado de 743,74 euros mes.4.- Asimismo debo condenar a la citada empresa a que pague a la parte actora la cuantía de 105,23 euros correspondientes a la diferencia salarial de la noviembre de 2023 y las vacaciones, más el 10% de mora (10,52 euros). Firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones poniendo nota en el Libro de Registro de su razón, sin perjuicio de que pueda instarse su ejecución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER. c/c Desconocido; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el apartado “observaciones” o “concepto de la transferencia” los siguientes dígitos del procedimiento, sin espacios ni otros caracteres entre ellos: 3796-0000-64-0041-25.Así, lo acuerda, manda y firma, Dña. RAQUEL MARIA RIVERO MENTADO, magistrado juezdel Juzgado de lo Social Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife. LA magistrado juez

Santa Cruz de Tenerife, 11 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO REVERT LAZARO

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid