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Documento BOE-J-2025-262011

OVIEDO. Edicto de 14 de abril de 2025 en procedimiento en materia social número 748/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2025-262011

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 2 de Oviedo

Dirección: Calle LLAMAQUIQUE S/N

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33071

Provincia: Asturias

Teléfono: 985234396

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 748/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 31/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

DO NOT LOOK BACK

MADE FOR SUCCESS

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que estimando parcialmente la demanda formulada por Dª THAIS CORTINA MARINA frente a las empresas SERVICIOS Y LIMPIEZAS LAFAVORITA 2015 S.L. , DO NOT LOOK BACK Y MADE FOR SUCCESS S.L,GRUPO ITMA, el MINISTERIO DE TRANSPORTES, la EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA SA (TRAGSA) y el FONDO DE GARANTIASALARIAL:- Debo declarar y declaro que el cese de la actora acordadopor la empresa MADE FOR SUCCESS S.L el 28 de septiembre de 2023 constituye un despido improcedente.- Debo condenar y condeno a la empresa MADE FOR SUCCESS S.L aabonar a la actora la cantidad de 3.693,36 euros por salarios devengados desde el 29 de septiembre de 2023 hasta el 1 de septiembre de 2024.- Debo condenar y condeno a la empresa MADE FOR SUCCESS S.L aabonar solidariamente a la actora la cantidad de 2.086 euros en concepto de salarios adeudados de junio de 2023 a 28 de septiembre de 2023, más el interés del 10% devengado desde la fecha de celebración del acto deconciliación.- Debo desestimar y desestimo las pretensiones formuladasfrente a la EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA SA (TRAGSA) y a DO NOT LOOK BACK.- Todo ello con la responsabilidad del FOGASA en los supuestos y dentro de los límites previstos legalmente.- Se tiene a la parte demandante por desistida de las pretensiones formuladas en la demanda frente a SERVICIOS YLIMPIEZAS LA FAVORITA 2015 S.L., GRUPO ITMA y el MINISTERIO DE TRANSPORTES.Notifíquese la presente sentencia a las partes, conadvertencia de no ser firme, porque contra la misma cabeinterponer recurso de SUPLICACIÓN para ante la Sala delTribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias,debiendo en su caso, anunciar ante este Juzgado el propósitode entablarlo en el plazo de Cinco Días siguientes a la notificación de esta sentencia,

Oviedo, 14 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ DIAZ MARTINEZ

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