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Documento BOE-J-2025-238339

SEVILLA. Edicto de 4 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 132/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 86, de 9 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-238339

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 132/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Sin plazo

DESTINATARIOS

Declaración concurso Microempresa de ENDOFARMA PARAFARMACIA S.LU con CIF B-90309592

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.-DECLARO la apertura del procedimiento especial de ENDOFARMA PARAFARMACIA SLU con CIF B-90309502, que está en estado de insolvencia actual.

El procedimiento a seguir es el especial de liquidación. Se solicita la conclusión por insuficiencia de masa y sin bienes susceptibles de liquidación.

2.- Desde la apertura del procedimiento especial hasta su conclusión, el deudor mantendrá las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, aunque solo podrá realizar aquellos actos de disposición que tengan por objeto la continuación de la actividad empresarial o profesional, siempre que se ajusten a las condiciones normales de mercado.

3.- Se acuerda remitir las comunicaciones correspondientes a los órganos en los que se esté sustanciando ejecución contra bienes y derechos del deudor a fin de que procedan a la suspensión con independencia de si la ejecución se había ya iniciado o no en el momento de la solicitud y de la condición del crédito o del acreedor.

4.- Se acuerda anotar registralmente la presente resolución expidiéndose los correspondientes mandamientos.

Sevilla, 4 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ

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