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Documento BOE-J-2025-232619

VALÈNCIA. Edicto de 2 de abril de 2025 en procedimiento civil número 217/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-232619

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

Correo electrónico: vamerca04_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 217/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 28/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

EASYJET - Nº ****6592*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el procedimiento referenciado se ha acordado notificar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

Cédula de emplazamiento judicial

Autoridad que ordena emplazar:Letrado de la Administración de Justicia Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Asunto en el que se acuerda: El procedimiento arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Easyjet, en concepto de parte demandada. Domicilio: Paseo, Castellana, 230, 28046, Madrid

Objeto del emplazamiento: Comparecer mediante la presentación de escrito en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: Ante este Juzgado o en la sede judicial electrónica .

Plazo para comparecer y contestar: diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la entrega de esta cédula.

Prevenciones legales

- Si no comparece dentro del plazo indicado, será declarado/a en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-).

- Que puede actuar en el proceso sin abogado ni procurador, pero que, si pretende valerse de dichos profesionales, deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de tres días desde que se le notifique la demanda.

- Que, si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita y/o la designación de abogado y procurador en el plazo de tres días desde que se le notifique la demanda.

- Que están a su disposición en la oficina judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda. También está disponible el trámite en la Sede Judicial de la Generalitat Valenciana de contestación a la demanda de Juicio Verbal: https://sedejudicial.gva.es/es/contestacio-de-la-demanda-de-judici-verbal.

- Debe pronunciarse en su escrito de contestación sobre la pertinencia de celebrar vista.

- Si cambiase su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicará inmediatamente a la oficina judicial (art 155.3 de la LEC).

En València, a 28 de febrero de 2025.

El letrado de la administración de Justicia

En atención al transcurso de tres días sin que el demandado Easyjet haya accedido a su contenido, procede la publicación del emplazamiento a través del TEJU (art. 155.1 y 164 LEC)

València, 2 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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