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Documento BOE-J-2025-232580

GIRONA. Edicto de 2 de abril de 2025 en procedimiento civil número 283/2008.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2025-232580

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Girona

Dirección: Plaza JOSEP MARIA LIDÓN CORBÍ 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 972942306

Correo electrónico: mercantil1.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 283/2008

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 25/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

FAULI ESTIVALIS, MARIA ISABEL - NIF/NIE: ***2357**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

HAGO SABER:

Que en este Órgano judicial se tramita el siguiente procedimiento:

PROCEDIMIENTO: Ejecución de títulos judiciales 283/2008 Sección B

PARTE EJECUTANTE: IBERIA INVERSIONES II LIMITED

PARTE EJECUTADA: Maria Isabel Fauli Estivalis

En el que se ha dictado Decreto aprobando la liquidación de intereses de fecha 25/03/2025 y que se hará efectivo contra Maria Isabel Fauli Estivalis .

Y, conforme a los arts. 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), para que sirva de notificación a la parte ejecutada la Sra. Maria Isabel Fauli Estivalis, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que será fijado en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU). La inserción del edicto en el TEJU será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano.

Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y la protección de datos.

Girona, 2 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARLOS MANUEL PEGUERO COSTALES

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