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Documento BOE-J-2025-227545

MARTORELL. Edicto de 1 de abril de 2025 en procedimiento civil número 264/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 82, de 4 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2025-227545

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Martorell

Dirección: Avenida PAU CLARIS 20

Localidad: Martorell

Código Postal: 08760

Provincia: Barcelona

Teléfono: 937736730

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 264/2021

NIG: 0811442120218116734

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 25/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

Ignorados ocupantes de C/ Sardana 4, 2º-3ª de Sant Andreu de la Barca

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Admito la demanda presentada por el/la Procurador/a Carlos Paloma Marin, en nombrey representación de DIVARIAN PROPIEDAD, S.A., sobre Juicios verbales arrendaticiosy por precario contra IO C/ SARDANA, 4, 2º 3ª -SAB- con domicilio en Calle DE LASARDANA 4, 2º 3ª, 08740 - Sant Andreu De La Barca. Tengo al/a la referido/aprofesional como comparecido/a y parte en la representación que acredita.

Dese traslado de la demanda, con entrega de copia de la misma y de los documentosacompañados, a la parte demandada; a quien se emplazará, con entrega de lacorrespondiente cédula, para que la conteste por escrito en el plazo de DIEZ díashábiles, computados desde el siguiente al del emplazamiento y debe pronunciarsesobre la pertinencia de la celebración de la vista. Y con el apercibimiento de que, si nocomparece, será declarado en rebeldía, conforme al art. 496 LEC.

- Debe comparecer por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en estetribunal y con asistencia de abogado (arts. 23 y 31 LEC). Si carece de mediossuficientes para designar abogado y/o procurador, puede solicitar el reconocimiento delderecho a la asistencia jurídica gratuita.

Martorell, 1 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Marta Belen Alvarez Araujo

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