JDO. DE LO MERCANTIL N. 1
Dirección: C/ NICOLAS SALMERON, 5-1º
Localidad: VALLADOLID
Código Postal: 47004
Provincia: Valladolid
Teléfono: 983218181
Correo electrónico: mercantil1.valladolid@justicia.es
Concursal
Número: 581/2024
NIG: 4718647120240001018
Auto
Fecha: 26/03/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores y demás interesados en el CLC 581/24 de NAZAPAN S.L con CIF B47639067
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
En este órgano judicial se tramita COMUNIC PREVIA CONCURSO Y HOMOLOGACION JUDIC CLC 581/2024 seguido a instancias de la Procuradora Dña. BEATRIZ EMILIA GUTIERREZ CAMPO, en nombre y representación de NAZAPAN S.L con CIF B-47639067, y domicilio en c/ Plata 48, Polígono San Cristóbal, Valladolid. Con fecha 25 de marzo de 2025 se ha dictado auto (80/25) que es FIRME (no cabe recurso), y que acuerda: 1.- Homologar el plan de reestructuración formalizado en escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2024 ante el Notario de Valladolid, Don Jesús Martínez- Cortés Gimeno y número de protocolo 2.454. Los efectos del plan de reestructuración se extienden inmediatamente a todos los créditos afectados, al propio deudor y a sus socios, aunque el auto no sea firme, precisando que se consideran créditos afectados todos los que como tal se designan en el Plan aprobado. 2.- Las clases y los efectos propuestos que se han consignado en el Plan son: CLASE A1: Créditos ordinarios financieros. Pago del 50% de la deuda (quita del 50%) y, tras un año de carencia, espera de 7 años adicionales, mediante el pago en 7 anualidades de una séptima parte cada año, sin devengo de intereses, al final de cada anualidad de espera. Quedarán afectados por las medidas financieras de quita, espera, devengo de interés y pagos del Plan de Reestructuración de NAZAPAN de la siguiente manera: 1º.- La deuda quedará modificada y novada conforme a los criterios anteriores una vez aprobado y homologado este Plan de Reestructuración, adaptándose a la quita pactada y los plazos de vencimiento del presente Plan de Reestructuración, no previéndose pago alguno de intereses por el crédito aplazado. 2º.- Las entidades financiadoras podrán documentar e incorporar a cada uno de los contratos bilaterales novados de clase financiera los plazos y vencimientos establecidos en el Plan. La Clase A.1 de Créditos Ordinarios Financieros se ha formado en base a la información contable disponible a 29 de noviembre de 2024. No obstante, el valor de cada crédito afectado se fijará definitivamente en función del capital acreditado una vez sea homologado el Plan de Reestructuración y se tenga certeza de todas las posiciones financieras de cada entidad. Los valores que actualmente se manejan se han cuantificado provisionalmente, a efectos de comunicación y votación del Plan. La Clase A.1 de Créditos Ordinarios Financieros se ha formado en base a la información contable disponible a 29 de noviembre de 2024. No obstante, el valor de cada crédito afectado se fijará definitivamente en función del capital acreditado una vez sea homologado el Plan de Reestructuración y se tenga certeza de todas las posiciones financieras de cada entidad. Los valores que actualmente se manejan se han cuantificado provisionalmente, a efectos de comunicación y votación del Plan. CLASE A2: Créditos ordinarios comerciales. Pago del 50% de la deuda (quita del 50%) y, tras un año de carencia, espera de 7 años adicionales, mediante el pago en 7 anualidades de una séptima parte cada año, sin devengo de intereses, al final de cada anualidad de espera. Quedarán afectados por las medidas financieras de quita, espera, devengo de interés y pagos del Plan de Reestructuración de NAZAPAN anteriormente indicadas de la siguiente manera: 1º.- La deuda quedará modificada y novada conforme a los criterios anteriores una vez aprobado y homologado este Plan de Reestructuración, adaptándose a la quita pactada y los plazos de vencimiento del presente Plan de Reestructuración, no previéndose pago alguno de intereses por el crédito aplazado. 2º.- Las entidades financiadoras podrán documentar e incorporar a cada uno de los contratos bilaterales novados de clase financiera los plazos y vencimientos establecidos en el Plan. CLASE B1: Créditos subordinados. Créditos financieros. Quedarán afectados por las medidas financieras de íntegra quita (100%) del Plan de Reestructuración de NAZAPAN. CLASE B2: Créditos subordinados. Créditos comerciales. Quedarán afectados por las medidas financieras de íntegra quita (100%) del Plan de Reestructuración de NAZAPAN. CLASE B3: Créditos subordinados. Con personas y entidades especialmente vinculadas con el deudor. Quedarán afectados por las medidas financieras de íntegra quita (100%) del Plan de Reestructuración de NAZAPAN. El plan de reestructuración no afecta a los créditos laborales ni a los créditos públicos. 3.- Se ordena el levantamiento de los embargos, trabas y/o retenciones que se hubieran acordado en contra del patrimonio de NAZAPAN, S.L a instancia de cualquiera de los acreedores afectados por el plan así como se acuerda la imposibilidad de que se insten nuevas ejecuciones por los acreedores afectados en relación a los créditos objeto de este plan de reestructuración. Publicar la presente resolución, mediante anuncio en el que se extractarán los datos que identifiquen al deudor, juez competente, el número del procedimiento judicial de homologación, la fecha del acuerdo de refinanciación y los efectos de aquellas medidas que en el mismo se contienen; anuncio que se insertará en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. 4.- Los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo podrán impugnar esta resolución en el plazo de QUINCE DÍAS siguientes a la publicación. 5.- Notificar la presente resolución a las partes personadas en este procedimiento.
VALLADOLID, 28 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA TAMAYO GÓMEZ
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