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Documento BOE-J-2025-227508

VALÈNCIA. Edicto de 1 de abril de 2025 en procedimiento concursal número 846/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 82, de 4 de abril de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-227508

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de València

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961922186

Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 846/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados Y Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.PILAR IRLES MARTINEZ

Que en el procedimiento concursal número 846/2024 referente al/a la concursado/a D./D.ª PEDRO ENRIQUE CHAVES DOMINGUEZ, Dni 44798849R, por auto de fecha 25/03/2025 se ha acordado lo siguiente:

1.- Acuerdo la apertura de la fase de liquidación, que se tramitará en la Sección 5ª.

2.- Acuerdo dejar en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Capítulo II del Título VIII del Libro I del Texto Refundido de la Ley Concursal.

3.- Acuerdo dar audiencia por plazo de diez días naturales a la administración concursal para que informe con carácter previo a la fijación de las reglas especiales de liquidación.

4.- REQUIERO a la administración concursal para que, cada tres meses, a contar desde este auto, presente un informe sobre el estado de las operaciones de liquidación, con el contenido y estructura especificados en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

En València, a 27 de marzo de 2025.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada, fuera de los casos previstos en una Ley, solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución, y en los documentos adjuntos a la misma, no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines distintos a los previstos en las leyes.

València, 1 de abril de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ

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