Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Burgos
Dirección: Avenida DE LOS REYES CATOLICOS 51 bis
Localidad: Burgos
Código Postal: 09005
Provincia: Burgos
Teléfono: 947284151
Civil
Número: 18/2025
Auto
Fecha: 10/03/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 dias
Decreto
Fecha: 12/03/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 dias
FILIPOV KMENOV VASIL - NIF/NIE: ****9033*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JDO. MERC. 1 (ANT.1A.INSTANCIA 4) DE BURGOS
ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000018 /2025
AUTO
En BURGOS, a diez de marzo de dos mil veinticinco
ANTECEDENTES DE HECHOÚnico.- La Procuradora DÑA. GEMMA MUÑOZ MINAYA, en nombre y representación de SGAE, AGEDI, ASOCIACION DE ARTISTAS INTERPRETES Y EJECUTANTES AIE, frente a D. FILIPOV KAMENOV VASIL con NIE X5149033T, ha presentado demanda ejecutiva en ejecución de Decreto 32/2024 dictado por este Juzgado confecha 6 de febrero de 2024 en procedimiento juicio monitorio198/2023, por importe de 666,31 euros en concepto de principal, más otros 199,00 euros que se fijan para interesesy costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El órgano judicial ha comprobado su jurisdicción,competencia objetiva y territorial, y la demanda cumple con los requisitos procesales exigidos por la ley y el título presentado es susceptible de ejecución de acuerdo con el artículo 517 de la Ley Enjuiciamiento Civil (LEC). Por tanto procede dictar orden general de ejecución y despacho, según lo dispuesto en los artículos 551 y concordantes de la LEC.
Segundo.- La parte solicitante ha presentado un título ejecutivo en el que acredita su condición de acreedor frente a la parte deudora (que a su vez aparece como deudora en el título). Por tanto, procede continuar con el proceso de ejecución, conforme a lo establecido en el artículo 538 de laLEC.
Tercero.- Cuando el/la juez/a o magistrado/a dicte el auto de ejecución, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia responsable de ésta, dictará el mismo día o al día siguiente hábil, el decreto con los contenidos previstos en el artículo 551.3 de la LEC.
Cuarto.- Se despacha ejecución por las cantidades solicitadas,sin perjuicio de las posteriores liquidaciones que puedan corresponder, puesto que la cantidad es determinada, según el artículo 572 de la LEC.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:1.- Dictar orden general de ejecución del título indicado afavor de la parte ejecutante, la Procuradora DÑA. GEMMA MUÑOZ MINAYA, en nombre y representación de SGAE, AGEDI, ASOCIACION DE ARTISTAS INTERPRETES Y EJECUTANTES AIE, frente a D. FILIPOV KAMENOV VASIL con NIE X5149033T, parte ejecutada.
2.- Se despacha ejecución por la cantidad de 666,31 euros enconcepto de principal, más otros 199,00 euros que se fijan para intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.Se notificará simultáneamente a la parte ejecutada el presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado/a de laAdministración de Justicia, y la copia de la demandaejecutiva, de acuerdo con el artículo 553 de la LEC.
D E C R E T O
En BURGOS, a doce de marzo de dos mil veinticinco
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- El órgano judicial ha dictado un auto con orden general de ejecución de fecha 10/03/2025, a favor de la parte ejecutante, SGAE, AGEDI , ASOCIACION DE ARTISTAS INTERPRETES Y EJECUTANTES AIE , y frente a FILIPOV KAMENOV VASIL, parte ejecutada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Una vez dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia responsable de esta orden dictará decreto en el que se incluirán las medidas ejecutivas concretas necesarias según el artículo 551.3 de la Ley Enjuiciamiento Civil (LEC). Se incluirá el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes de la parte ejecutada, de acuerdo con los artículos 589 y 590 de la LEC.
PARTE DISPOSITIVA
Con el fin de hacer efectivas las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Efectuar averigua ción patrimonial de bienes y derechos de la parte ejecutada y averiguación laboral de FILIPOV KAMENO VVASIL, mediante consulta telemática en las bases de datos de los organismos públicos a los que tiene acceso este Juzgado,con traslado de su resultado a la parte ejecutante a los efectos oportunos.
- El embargo de los bienes propiedad del ejecutado hasta el completo pago de la cantidad de 666,31 euros en concepto de principal más otros 199,00 euros presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, en concreto:
• Saldos existentes en las cuentas bancarias titularidad del ejecutado en las entidades financieras que han suscrito convenio de colaboración con el Consejo General de PoderJudicial, llevándose a cabo por vía telemática desde el Punto Neutro Judicial.
• Devoluciones pendientes de percibir el ejecutado de la Agencia Tributaria, llevándose a cabo por vía telemática desde el Punto Neutro Judicial.
- Dichas cantidades deberán ser ingresadas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en la entidad BANCO SANTANDER y con número de cuenta 1067 0000 05 0018 25, o si el ingreso se efectuara por transferencia al número de cuenta:ES55 0049 3569 9200 0500 1274, poniendo en el campo de observaciones el número 1067 0000 05 0018 25, a disposición del ejecutante.El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución, realizándose a la parte ejecutada a través del SCACE de esta localidad.
Burgos, 31 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CONCEPCION MARTINEZ CONDE
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