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Documento BOE-J-2025-223220

SANTA CRUZ DE TENERIFE. Edicto de 31 de marzo de 2025 en procedimiento en materia social número 945/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Referencia:
BOE-J-2025-223220

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife

Dirección: Avenida TRES DE MAYO 24

Localidad: Santa Cruz de Tenerife

Código Postal: 38003

Provincia: Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922924795

Correo electrónico: mmargonp@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 945/2020

NIG: 3803844420200007671

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 26/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 dias

DESTINATARIOS

ISRAEL BERTA PEREIRA - NIF/NIE: ***8202**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justiciaencanarias.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

El anterior escrito presentado por el letrado D. Carlos Berástegui Afonso únase y visto su contenido se tiene por evacuado el traslado conferido en diligencia de ordenación de 03/12/24 y en consecuencia.1.-Se admite a trámite la demanda de cuenta de abogado interpuesta por D. Carlos Berástegui Afonso reclamando a su defendido D. ISRAEL BERTA PEREIRA los honorarios devengados en el procedimiento que se seguó en éste Juzgado num. 945/2020.2.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase al defendido para que en el plazo de DIEZ DÍAS pague la suma reclamada de 6.259,72 euros, consignándose en la cuenta de este juzgado con Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER. c/c ES55 0049 3569 9200 0500 1274, al concepto 3796 0000 65 0945 20 , bajo apercibimiento de apremio si no paga, y de que si no paga ni formula oposición, se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la minuta.3.- Hágase saber a la parte requerida que dentro de dicho plazo de diez días, puede formular impugnación por estimar indebidos los honorarios o por estimarlos excesivos, en cuyo caso se procederá, previamente, a resolver la impugnación.MODO IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS ante este Letrado de la Administración de Justicia, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Santa Cruz de Tenerife, 31 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO REVERT LAZARO

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