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Documento BOE-J-2025-22239

GIRONA. Edicto de 15 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 706/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2025-22239

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 706/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto conclusión y conc. EPI cabe Rec. Reposición 5 días desde publicación de este edicto.

DESTINATARIOS

SONIA MARIA MENDEZ CAABEIRO - NIF/NIE: ***7058**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Mercantil nº 2 de Girona hago saber que:En el Concurso sin masa 706/2024 se dictó un auto por el que se ha declarado conclusoel concurso de Sonia Maria Mendez Caabeiro , con NIF 32770580L, con domicilio enCalle Bernat Bacià 6, planta 6,puerta A, 17001 – Girona.Se acuerda el archivo de las actuaciones por AUTO DE CONCLUSIÓN CONEXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO Nº 23/2025 , DE FECHA13 de enero de 2025.En la misma resolución, se requiere a los acreedores afectados para que comuniquen laexoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieraninformado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de susregistros.El procurador de la concursada se encargará de remitir a cada acreedor el presenteauto. El Juzgado no remitirá ningún oficio o mandamiento.Así como, si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de laparte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss. TRLCEn Girona, a 14 de enero de 2025.La Letrada de la Administración de Justicia

Girona, 15 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

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