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Documento BOE-J-2025-204227

GIRONA. Edicto de 24 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 16/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2025-204227

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 16/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto conclusión y conc. EPI cabe Rec. Reposición 5 días desde publicación de este edicto.

DESTINATARIOS

ANTONIO MARTINEZ SERRA - NIF/NIE: ***4188**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Mercantil nº 2 de Girona hago saber que:En el Concurso sin masa 16/2025 se dictó un auto por el que se ha declarado conclusoel concurso de Antonio Martínez Serra, con NIF 40441886C, con domicilio en CalleCalle Compositor Joaquin Serra, 11 0, 17600 - Figueres.Se acuerda el archivo de las actuaciones por AUTO DE CONCLUSIÓN CONEXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO Nº 244/2025 , DEFECHA 18 de marzo de 2025.En la misma resolución, se requiere a los acreedores afectados para que comuniquen laexoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieraninformado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de susregistros.El procurador de la concursada se encargará de remitir a cada acreedor el presenteauto. El Juzgado no remitirá ningún oficio o mandamiento.Así como, si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de laparte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss. TRLC

Girona, 24 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

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