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Documento BOE-J-2025-204193

ELCHE/ELX. Edicto de 24 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 8/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2025-204193

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Alicante

Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03203

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966917375

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 8/2025

NIG: 0306547120240001039

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ESTRUCTURAS HERMANOS VARGAS S.L. - NIF/NIE: ****4584*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D/Dª.Jorge Cuellar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 8/25 , siendo concursado/s D/Dª. ESTRUCTURAS HERMANOS VARGAS SL con DNI nº B16945842 en el que se ha dictado AUTO de fecha 17.3.2025, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos: Se DECLARA CONCLUIDO EL CONCURSO DE ACREEDORES de la mercantil ESTRUCTURAS HERMANOS VARGAS SL , y, por ende, el archivo de las actuaciones, pudiendo los acreedores iniciar sus acciones individuales contra la misma. Se ordena el cierre provisional de la hoja abierta a la persona jurídica mencionada en el registro público en el que figura inscrita; y siendo firme la presente resolución, el Letrado de la Administración de Justicia deberá expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de su firmeza, que habrá remitir por medios electrónicos al registro correspondiente. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja. Anúnciese por edictos en el tablón edictal judicial único, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración del concurso. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal, mediante remisión telemática por este Juzgado del oportuno edicto.

Elche/Elx, 24 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTON

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