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Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla
Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41014
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955189374
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 500/2023
NIG: 4109142120230036001
Sentencia
Fecha: 27/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JUAN ANTONIO CARO RUÍZ - NIF/NIE: ***4810**
FUSECORNSUR SL - Nº ****7751*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
SENTENCIA Nº 47/2025
Ilmo. Sr. D. Jesús Gabaldón Codesido
Sevilla veintisiete de febrero de dos mil veinticinco.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Procurador Sr. Cox Meana, en representación de la comunidad de propietarios Ruiseñor 10 B de Sevilla, interpuso demanda de juicio ordinario contra FUSECONSUR SL y su administrador único don Juan Antonio Caro Ortiz, ejercitando contra la sociedad, la acción declarativa de estar incursa en causa de disolución, y, contra el administrador, la de responsabilidad social, solicitando:
“... declare la Disolución de la Sociedad FUSECONSUR S.L y también por la que se condene al Administrador Unico de esa Sociedad, D. JUAN ANTONIO CARO RUIZ, al pago de las cantidades adeudadas que esa Sociedad Limitada tiene con mi representada, y que asciende a la cantidad de 9.291,03 € de principal , más otros 2.787,31 € presupuestados inicialmente para intereses y costas de la citada Ejecución; y sin perjuicio de su concreción, una vez que se proceda a la Tasación de Intereses y Costas, por el Juzgado de Primera Instancia, Nº 10 de Sevilla; comprometiéndose esta parte a aportar a este Juzgado esa Tasación de Costas, a fin de concretar el importe de las mismas; acordando igualmente la imposición de las Costas de este procedimiento, de forma solidaria, a los demandados.”.
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se emplazó y dio traslado a los demandados, ninguno de los cuales compareció, se personó, ni contestó a la demanda, por lo que fueron declarados en rebeldía. Notificada y dado traslado de la declaración de rebeldía, se citó a las partes a la audiencia previa.
TERCERO.- En la fecha señalada se celebró la audiencia previa, con la comparecencia del demandante, y el resultado que obra en acta, en la que se fijaron los hechos, propuso la prueba, resuelta la admisión, al ser la única la documental ya unida a autos, quedaron los autos a la vista para sentencia.
FALLO
Estimo a demanda interpuesta por el Procurador Sr. Cox Meana, en representación de la comunidad de propietarios Ruiseñor 10 B, de Sevilla, contra FUSECONSUR SL y su administrador único don Juan Antonio Caro Ortiz, acordando:
.- Declarar la disolución de la sociedad demandada, FUSECONSUR SL;
.- Condenar a su administrador único, don Juan Antonio Caro Ruiz, al pago a la demandante de la cantidad adeudada por la sociedad, 9.291,03€, más aquella en la que se tasen las costas e intereses de la ejecución que resulten una vez que se proceda a la Tasación por el Juzgado de Primera Instancia, Nº 10 de Sevilla.
Haciendo imposición a los demandados de las costas del proceso.
Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que frente la presente sentencia se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla que, en su caso, deberá hacerse, previo el correspondiente depósito, ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se practique su notificación.
Sevilla, 19 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ
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