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Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla
Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41014
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955189374
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 398/2022
NIG: 4109142120220032059
Sentencia
Fecha: 14/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MANUEL AGUILA ROVILA - NIF/NIE: ***4550**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
SENTENCIA N.º 25/2025
Ilmo. Sr. D. Jesús Gabaldón Codesido
Sevilla catorce de febrero de dos mil veinticinco.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Procurador Sr. Illanes Sainz de Rozas, en representación de la mercantil Chovomar, interpuso demanda de juicio ordinario contra don Manuel Aguila Roliva y don Carlos Piñal Álvarez como administradores solidarios de la mercantil Sociedad Hispano Brasileña para la Inversión Industria y Comercio SL, demanda en la que ejercita la acción de responsabilidad del órgano de administración solidaria con la sociedad por las deudas de esta, solicitando: Se dicte sentencia por la que se condene a los demandados al pago a la demandante de las deudas con aquella de la sociedad de la que son administradores, 7.797€.
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se emplazó y dio traslado a los demandados, que al no haber comparecido en plazo personándose ni contestado a la demanda, fueron declarados en rebeldía. Notificada la resolución de rebeldía se citó a las partes a la audiencia previa.
TERCERO.- La audiencia previa se celebró en la fecha prevista, compareciendo sólo la demandante, con el resultado que obra en acta, en la que se fijaron los hechos, propuso la prueba, y, resuelta su admisión, al ser la única la documental unida a las actuaciones, quedaron los autos a la vista para sentencia.
FALLO
Acuerdo estimar la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Illanes Sainz de Rozas, en representación de la mercantil Chovomar SL, contra don Manuel Aguila Roliva y don Carlos Piñal Álvarez como administrador solidarios de la mercantil Sociedad Hispano Brasileña para la Inversión Industria y Comercio SL, a los que se condena solidariamente con la sociedad al pago a la demandante de la cantidad de 7.797€ adeuda por aquella, más el interés.
Haciendo imposición a la demandada de las costas del proceso.
Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que frente la presente sentencia se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla que, en su caso, deberá hacerse, previo el correspondiente depósito, ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se practique su notificación.
Sevilla, 19 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ
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