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Documento BOE-J-2025-194165

SEVILLA. Edicto de 19 de marzo de 2025 en procedimiento en materia social número 403/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-194165

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 5 de Sevilla

Dirección: Avenida DE LA BUHAIRA 26

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955519082

Correo electrónico: AtPublico.JSocial.5.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 403/2023

NIG: 4109144420230005347

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 18/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

SWISS NETWORK COMPANY SL - Nº ****4933*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que ESTIMANDO la demanda en reclamación por DESPIDO presentada por D. MANUEL MARQUEZ FERNANDEZ frente a la demandada, SWISS NETWORK COMPANY S.L declaro la IMPROCEDENCIA del despido de 16.03.2023 condenando al demandado a que en el plazo de CINCO DÍAS desde la notificación de esta resolución, OPTE entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar al actor en concepto de indemnización la cantidad de 828,30 euros.

De optar por la indemnización , no se devengarán salarios de tramitación quedando la relación laboral extinguida a fecha del despido. En caso de optar por la readmisión, el demandado deberá abonar los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido a la fecha de notificación de sentencia a razón de 50,20 euros diarios.

Se advierte expresamente al demandado que, de no efectuar la opción en el plazo indicado, expresamente por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de sentencia.

Que ESTIMANDO la demanda formulada en reclamación de CANTIDAD por D. MANUEL MARQUEZ FERNANDEZ frente a la demandada, SWISS NETWORK COMPANY S.L debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de 3.290,81 euros, más el 10% en concepto de interés por mora respecto de 2.537,81 euros y el pago del interés legal del dinero desde la fecha en que se efectuó la primera reclamación hasta la notificación de la sentencia a la parte, respecto de 753 euros, y el interés procesal conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la notificación de la sentencia a la parte condenada hasta el total pago.

Sevilla, 19 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA YOLANDA VALDIVIELSO GARCIA

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