Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-190855

LLÍRIA. Edicto de 18 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 996/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-190855

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Llíria

Dirección: Calle PLA DE L'ARC (DEL) S/N EDIFICI SEU DE LA MANCOMUNITAT

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962825654

Correo electrónico: limi04_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 996/2024

NIG: 4614741120240009741

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

MAURICIA PADIN DE LA VEGA - NIF/NIE: ***4882**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

1. Dése traslado de la demanda a la parte demandada, con entrega de la copia de la misma y de los documentos acompañados, para que conteste por escrito en el plazo de DIEZ DIAS conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario.2.- Se informa al demandado que en su escrito de contestación deberá pronunciarse, necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de vista, pues si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerara procedente su celebración, se dictará Sentencia sin más trámites.Todo ello conforme al artículo 438.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que indica que el demandado, en su escrito de contestación, deberá pronunciarse necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista.Igualmente, el demandante deberá pronunciarse sobre ello, en el plazo de TRES DÍAS, confiriéndose el traslado del escrito de contestación.Si ninguna de las partes la solicitare y el tribunal no considerase procedente su celebración, se dictará sentencia sin más trámites.En todo caso, bastará con que una de las partes lo solicite para que el Letrado de la Administración de Justicia señale día y hora para su celebración, dentro de los cinco días siguientes. No obstante, en cualquier momento posterior, previo a la celebración de la vista, cualquier de las partes podrá apartarse de su solicitud por considerar que la discrepancia afecta a cuestión o cuestiones meramente jurídicas. En este caso se dará traslado a la otra parte por plazo de tres días y, transcurridos los cuales, si no se hubieran formulado alegaciones o manifestado su oposición, quedarán los autos conclusos para dictar Sentencia si el tribunal asi lo considera.Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la L.E.C.).

Llíria, 18 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE CAROT MARQUES

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid